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“Un buen asesor financiero no sólo debe conocer todo con respecto a su área, sino también debe saber sobre impuestos”, comenta Mariano Sardáns, CEO de FDI.”
Muchos de los que han blanqueado o están por blanquear sus tenencias o inversiones en el extranjero se encuentran a días de toparse con una nueva realidad: el cálculo y el posterior pago de impuestos por lo que ganaron en el exterior durante el período 22 de julio 2016 al 31 de diciembre 2016.
Dado que el blanqueo vence este 31 de marzo, el Gobierno ha decidido postergar hasta mediados de junio la fecha límite tanto para presentar las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales como para el pago de ambos impuestos.
La complejidad para calcular los impuestos a pagar dependerá del tipo y cantidad de activos que cada contribuyente tiene en el exterior (financieros, inmobiliarios y/o participaciones societarias), de la cantidad de transacciones (compras y ventas) que se hicieron durante el año y del acceso a esa información y a la documentación respaldatoria.
Rápidamente veamos qué se deberá analizar para llegar al monto apagar por el impuesto a las Ganancias:
El cálculo del impuesto a los Bienes Personales es mucho más sencillo; se trata de analizar cada una de las tenencias al 31 de diciembre de 2016 y determinar si están gravadas o exentas del impuesto. La respuesta es fácil, sólo están exentas las tenencias en bonos del gobierno argentino, las provincias y los municipios. Todas las demás inversiones y posiciones están alcanzadas por la tasa del 0,75%.
Asesores y Contadores deberán coordinarse. Indudablemente el equipo que formen Contadores y Asesores será de vital importancia de ahora en más. Un buen asesor financiero no sólo debe conocer todo con respecto a su área, sino también debe saber sobre impuestos. De ahí que la colaboración con los contadores de los clientes no sólo debe estar en facilitarles la información y documentación necesaria, sino también en trabajar en conjunto para lograr una apropiada planificación que ayude al cliente a evitar el camino más gravoso desde el punto de vista impositivo.