IPROFESIONAL – ARGENTINA: Islas Vírgenes corre el velo societario sobre el beneficiario final, ¿así la AFIP podrá encontrar evasores?.

Fecha: 3 de Enero, 2023

IPROFESIONAL – ARGENTINA 🇦🇷: Islas Vírgenes corre el velo societario sobre el beneficiario final, ¿así la AFIP podrá encontrar evasores?.

Los contribuyentes con cuentas en los Estados Unidos, declaradas o no declaradas, muchas veces las administran a través de sociedades de las Islas Vírgenes Británicas (BVI, por sus siglas en inglés), para evitar el impuesto a la herencia. Desde este mes rigen cambios en el secreto de estas sociedades, pero ¿qué alcance tiene con relación al acuerdo de intercambio de información con EEUU?

BVI ha sido una jurisdicción de gran preferencia por parte de personas de todo el mundo, interesadas en constituir una compañía de dicho país para que opere como titular de cuentas bancarias, cuentas de inversión o como sociedad “holding” de otras sociedades, indicó Juan Cruz Acosta Güemes, de FDI Administradores de Patrimonios.

Ahora BVI correrá algo el velo societario sobre el beneficiario final, pero de tal modo que la AFIP no podrá investigar si determinada persona es titular de una sociedad en las Islas Británicas. Sólo se podrá preguntar el nombre del director cuando se tenga indicios de cuál es la sociedad que posee.

Qué beneficios ofrecen las sociedades en las Islas Vírgenes

BVI se trata de una jurisdicción que históricamente ha brindado gran confidencialidad, tanto a nivel de accionistas y beneficiarios finales como de directores, y además, otorga los siguientes beneficios, enumeró:

  • No cobra impuestos por ingresos ni activos de fuente extranjera. El gobierno local solamente cobra un arancel anual bajo (u$s450).
  • Tampoco venía teniendo grandes exigencias contables.
  • Tiene bajo costo de constitución y de mantenimiento. Esos servicios los prestan los denominados “agentes de registro” locales. Son quienes constituyen las compañías, las domicilian y cumplen con los requisitos regulatorios locales en nombre de esas compañías.
  • Al no ser una compañía de Estados Unidos, permite evitar el impuesto a la herencia estadounidense a los extranjeros que las usen para poseer cuentas u otros activos en aquél país.
  • Como forma “barata” de terminar la vida de una compañía, la gente simplemente dejaba de pagar el arancel anual y la compañía quedaba en una especie de “limbo” por hasta 7 años (no estaba disuelta pero tampoco tenía licencia para operar). Las compañías en esa situación podían “resucitar” con bastante facilidad.

Qué cambios habrá en las sociedades BVI en 2023

A partir de este mes, en las Islas Vírgenes entra en vigor una ley que intenta mostrar la voluntad de alinearse con criterios internacionales sobre el beneficiario final de sociedades, pero que en rigor dificulta encontrarlo. Los cambios legales más significativos son los siguientes, precisó Acosta Güemes:

1. Desaparece para siempre la posibilidad de que existan compañías con acciones al portador, si bien en la práctica ya casi no había casos reales de su utilización.

2. El nombre de los directores actuales (no los anteriores) de la compañía dejará de ser algo privado y pasará a ser técnicamente público.

3. Sin embargo, no cualquiera podrá hacer una búsqueda de un director, ya que estará reservada para usuarios específicos del sistema (fundamentalmente, los agentes de registro locales, seguramente previo pago de un arancel de búsqueda).

4. Solamente se sabrá el nombre de ese director y ningún otro dato (como su nacionalidad, fecha de nacimiento o domicilio).

5. La búsqueda de directores es “por compañía”. Es decir, el usuario autorizado podrá saber qué directores actuales tiene una compañía determinada.

La AFIP no podrá buscar a una persona en BVI

6. A diferencia de otras jurisdicciones, no se podrá buscar “por director” (por ejemplo, ¿en qué compañías figura como director actual la persona NN?).

7. Las compañías deberán preparar estados contables anuales. Eso se hace ante el agente de registro con quien esa compañía opere y no ante el gobierno local directamente. Será en un formato prestablecido, bajo la forma de una declaración.

8. El arancel gubernamental pasa de u$s450 a u$s550.

9. Habrá consecuencias más graves y serias para los compañías que no paguen el arancel anual, como por ejemplo una disolución automática pasados pocos meses de la falta de pago.

En línea con la tendencia mundial, el cambio legislativo anuncia que se creará un registro de personas con control significativo, pero no se establece ningún paso ni obligación concreta ni es algo que entre automáticamente en vigencia el en 2023, como sí sucede con los otros cambios, aclaró Acosta Güemes.

Fuente: Iprofesional

Scroll to top
Social media & sharing icons powered by UltimatelySocial
Abrir Whatsapp
1
¿Necesita ayuda?
Hola! Podemos ayudarte?