La andanada de nuevas normas cambiarias y resoluciones de organismos estaría provocando un colapso en los departamentos de operaciones de las entidades financieras (bancos y sociedades de bolsa) y, por lo tanto, en la atención de sus clientes.
Sus abogados no dan abasto y los empleados no saben qué hacer. Acá hace la diferencia el primero que “interpreta apropiadamente” las normas, implementa y da soluciones a los clientes.
Pero cuidado, la normativa cambiaria es de alcance PENAL. Que tu entidad financiera te permita hacer algo que está prohibido, no te exime de tener contingencias cambiarias y de terminar pagando en honorarios de abogados varias veces más de lo que quisiste ahorrar o ganar.
Aclaro que esto no significa dejar pasar las oportunidades que surgen de las diferencias que hay entre los distintos tipos de cambio (Contado con Liqui y MEP, por ejemplo). El mensaje que queremos transmitir es que hay que hacerlo cumpliendo la normativa vigente.
Consultanos antes de generarte un problema.
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Mariano Sardáns
CEO de FDI
Gerenciadora de Patrimonios