“Todo sirve para intimidar”, es el comentario que se escucha en los pasillos de la Comisión Nacional de Valores, donde Otero era el Gerente de Prevención del Lavado de Dinero y Oficial de Cumplimiento y Enlace ante la UIF.
DÓLAR MEP
“La idea es obstaculizar, entorpecer y psicopatear a todo aquel ahorrista que quiera compran dólares a través de la Bolsa, ya sea en el MEP o en el CCL”, advierte Mariano Sardáns, CEO de FDI.
Daniel González Posse, director de cumplimiento de esa gerenciadora de patrimonios, agrega que la norma incorpora la pata tributaria que todos los clientes deben aportar.
ENDURECER CONTROLES
Para Iván Sasovsky, socio fundador y CEO de Expansion, la norma de la UIF busca endurecer los controles en materia de prevención de lavado de activos que habían sido modificados en su momento para incentivar el ingreso en el sinceramiento fiscal lanzado en la presidencia de Macri.
Esta resolución está en la misma línea que la emitida por la 5125 de la AFIP de fines del año pasado, que permitió a distintas entidades solicitar información financiera a las empresas.
PERFIL DE RIESGO
A partir de ahora, los sujetos obligados a informar operaciones sospechosas de lavado de dinero (bancos, financieras, abogados, contadores, entre otros) podrán solicitar información extra para armar un perfil de riesgo de sus clientes.
“Esto es creación de la UIF. Son más incisivos en estas cuestiones Y Juan va a lograr más visibilidad y protagonismo por su manera de trabajar, ya que es muy proactivo”, comentan quienes trabajaron con él.
ARGUMENTOS
En sus considerandos, la UIF argumenta que, al no pedir las declaraciones juradas, se incrementaron los riesgos de lavado, “en tanto habilitaba a contribuyentes a declarar activos previamente ocultos, que previamente se encontraban fuera del sistema financiero formal, sean depositados o transferidos a entidades financieras argentinas”.
Resaltan que la recomendación 10 del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) determina que cuando los riesgos de lavado sean mayores, debe exigirse a las instituciones financieras que incrementen el grado y naturaleza del monitoreo de la relación comercial, a fin de determinar si esas transacciones o actividades parecen inusuales o sospechosas.