INFOBAE: Dudas y molestias en el mercado por la falta de reglamentación de la ley de renta financiera

Fecha: 24 de diciembre, 2018

INFOBAE: Dudas y molestias en el mercado por la falta de reglamentación de la ley de renta financiera

Comentarios de: Mariano Sardáns 

Todavía quedan tres días hábiles de ruedas bursátiles en 2018. Y si bien la mayoría de los operadores consideran que salvo algún rebrote del riesgo país como el que se vivió los últimos días el tramo final del año debería ser tranquilo, hay mucho ruido en el mercado.

 Es que a pocos días del cierre de un ciclo marcado por un cambio rotundo en las perspectivas, los operadores consideran que el Gobierno no termina de dar un paso clave: reglamentar la ley de renta financiera que ya se aprobó hace casi un año.

En concreto, el decreto reglamentaría la aplicación a personas físicas del Impuesto a las Ganancias para la renta derivada de plazos fijos, acciones, bonos, cuotapartes de fondos comunes de inversión y cotizaciones del exterior.

A groso modo, se sabe que el impuesto será del 5% para inversiones en pesos sobre el mínimo no imponible, de $ 66.917,91 anuales. Y del 15% sobre lo que exceda ese monto para el ingreso generado a través de activos en dólares o en pesos ajustables por inflación (UVA o CER).

Sin embargo, exceptuando esos datos y algún concepto de aplicación más general, el universo general de jugadores del mercado financiero no están al tanto del hilado fino de la reglamentación. “En teoría la ley corre, pero hay una serie de dudas sobre cómo liquidar ingresos o tomarse los quebrantos, la letra chica menor del impuesto que es lo que falta reglamentar”, señaló en esa línea Alejandro Bianchi, gerente de inversiones de InvertirOnline.com.

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La expectativa por una resolución en el Boletín Oficial creció cada día a lo largo de esta semana, incluso algunos analistas dieron por sentado que finalmente se publicaría el viernes. No ocurrió y desde el Gobierno se volvió a mover la línea de llegada un poco más sobre la hora, al 26 de diciembre próximo.

La principal discusión que una falta de reglamentación genera es si efectivamente el impuesto está vigente o no“, explicó Mariano Sardáns, CEO de la gerenciadora de patrimonios FDI. El problema principal, afirma Sardáns, es que la publicación de la reglamentación después del 28 de diciembre generaría discusión entre tributaristas sobre si el impuesto es aplicable para lo percibido durante 2018 a pesar de entrar en reglamentación en 2019.

El ruido en torno a la reglamentación surgió hace un mes aproximadamente, indican fuentes de estudios tributarios, cuando se combinaron la renuncia del secretario de Ingresos Públicos, Andrés Edelstein, y un llamado a consulta por parte del Gobierno a ciertos tributaristas para acceder a un primer borrador de la reglamentación.

“Hay algunos tributaristas que discuten si el impuesto es aplicable o no para los ingresos de 2018 por no tener el decreto reglamentario comunicado o sancionado por el Ejecutivo. Yo no comparto esa opinión pero si consideró que es una falta de seguridad jurídica, afecta la certeza de las operaciones“, aportó Santiago Sáenz Valiente, contador público y titular del estudio SSV y Asociados.

La estrategia para 2019

Una reglamentación también ayudaría a varios asesores financieros a poder marcar unaestrategia más clara respecto a que inversiones mantendrían su nivel de ventaja y cuales perderían terreno.

En un ejercicio hipotético en el que la reglamentación mantiene los lineamientos generales esperados por el mercado, desde Balanz Capital arriesgaron un escenario en el que en 2019 la inflación es del 25% y un cliente puede optar entre un bono que paga 30% (tasa Badlar + 5%) y otro que paga CER + 5%. En el primer caso el impuesto es 5% de 30% que es igual a 1,5%; y en el segundo es el 15% de 5%, ó 0,75%.

En ese ejemplo conviene el bono con ajuste CER aunque la tasa nominal de impuesto sea mayor. Por eso, dijo Daniel Vicien, director de FCI en Balanz, “es muy importante a partir de la reglamentación final asesorarse correctamente y considerar rendimiento, comisiones e impuestos. En este sentido, un inversor que no realiza la ganancia en el año no tributa, sino que difiere el impuesto”.

En definitiva, lo que genera molestia es tanto la falta de reglamentación como la posibilidad que el retraso de la misma deja abierta: que la ley nunca se reglamente o que, incluso, termine anulada. “Algunos apuestan a que no haya promulgación para que la ley no entre en vigencia, quede todo en una nebulosa y los estudios aprovechen para ir a pelear con el fisco”, destacó Christian Buteler, analista financiero.

Entre estos últimos se encuentra Sardáns, quien afirmó que: “Son varios los países emergentes que gravan las ganancias provenientes de la compra/venta de inmuebles, pero mantienen exentas las ganancias provenientes de las operaciones con bonos soberanos y subsoberanos”.

La mayoría de los operadores y tributaristas coinciden en que la ley es negativa porque tributa una actividad que no aporta demasiado al fisco a cambio de desincentivar el mercado de capitales. Ahí terminan las coincidencias, con las opiniones dispersas entre aquellos que consideran inevitable la reglamentación y se quejan por el retraso, y otros que tienen la esperanza de que los eventos del último mes sean una señal de un Gobierno que recalculó y considerando dar marcha atrás.

La falta de reglamentación terminó siendo un mayor dolor de cabeza para el mercado que la propia ley que se aprobó este año. Y la falta de certeza jurídica que la situación genera no es nada comparada con la molestia por la idea de que, en palabras de un operador bursátil, “estas cosas no se pueden dejar para último momento”.

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