El pasado 26 de diciembre, el Banco Central (BCRA) emitió una nueva comunicación que obliga a las personas físicas a informar activos y pasivos (deudas) en el exterior cuando estos superen la suma de un millón de dólares. Se trata de una nueva carga administrativa para estos contribuyentes.
Las empresas están familiarizadas con el reporte de pasivos externos y de inversiones directas. Pero personas físicas no las tenían en su radar salvo contadas excepciones. Esta nueva obligación los distrae de su actividad diaria y los expone a una penalidad en caso de no cumplimiento.
La primera declaración deberá referirse a los activos y pasivos externos al 31 de diciembre de 2017 y será anual para aquellos contribuyentes que tengan entre uno y cincuenta millones de dólares. Para los que superen esta última cifra, la declaración será trimestral.
Es importante tener en cuenta la definición de activos y pasivos externos del BCRA: “son aquellos cuya contraparte es una persona humana o jurídica residente en otro país”. Esto da lugar a diferentes situaciones e interpretaciones:
Para el caso de acciones, cuotapartes de fondos de inversión, participaciones societarias, terrenos e inmuebles, la residencia la establece el país donde están constituidos dichos activos.
El próximo 30 de junio vence el plazo para la presentación de las personas físicas y el resto de los declarantes obligados que no superen los cincuenta millones, mientras que los que superen esta cifra deberán presentar la declaración trimestral el 15 de mayo de este año.
Este es otro ejemplo más de cómo tu asesor financiero debe tener una mirada de 360 grados.
Fernando Díaz
Socio FDI, Gerenciadora de Patrimonios.